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Absuelven a exfuncionaria de salud por retraso en vacunación a fuerzas de seguridad

La justicia determinó que no existió prevaricación en la gestión de inmunización para elementos de seguridad, cerrando el proceso legal contra la exservidora pública.

Redacción Tribuna Nacional
Foto: moncloa.com

La sección sexta de la Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia absolutoria en favor de la exconsejera de Salud, tras concluir que no se configuró el delito de prevaricación en el proceso de vacunación contra el Covid-19. La resolución judicial desestima las acusaciones presentadas por el retraso en la aplicación de los biológicos a los elementos de las fuerzas de seguridad, al no encontrar elementos suficientes que acreditaran una actuación arbitraria o dolosa en la toma de decisiones administrativas.

El litigio se centraba en determinar si la gestión de las dosis, que se priorizaron bajo criterios técnicos y logísticos específicos durante la emergencia sanitaria, vulneró los derechos de los agentes de seguridad. La defensa de la exfuncionaria sostuvo en todo momento que las decisiones se ajustaron a los protocolos de salud pública vigentes en aquel momento, priorizando la disponibilidad de insumos y la capacidad operativa del sistema sanitario ante la saturación de los centros de atención.

Tras analizar los testimonios y la documentación técnica presentada durante el juicio, el tribunal concluyó que las medidas adoptadas no constituyeron una infracción penal. Los magistrados señalaron que, aunque la logística de distribución enfrentó desafíos significativos por la alta demanda y la escasez de suministros, la actuación de la Secretaría de Salud se mantuvo dentro del margen de discrecionalidad administrativa necesaria para gestionar una crisis de salud pública de tal magnitud.

Esta sentencia pone fin a un proceso que había generado debate sobre las responsabilidades de los servidores públicos en la gestión de políticas sanitarias durante periodos de excepción. La resolución es definitiva en esta instancia, permitiendo que la exfuncionaria quede exenta de cualquier responsabilidad penal derivada de la querella presentada por las organizaciones de seguridad que reclamaban un trato diferenciado en la calendarización de la vacuna.

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